Las personas empleadoras que no inscriban al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a las trabajadoras del hogar pueden enfrentar sanciones económicas que superan los 40 mil pesos, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social. La afiliación es obligatoria desde el inicio de la relación laboral y aplica sin importar si la persona trabaja algunos días a la semana o presta servicios en varios domicilios.
La afiliación al IMSS es una obligación legal
Desde mayo de 2023, la legislación mexicana establece que las personas trabajadoras del hogar deben contar con acceso a la seguridad social. Esto implica que el patrón está obligado a registrarlas ante el IMSS y cubrir las cuotas correspondientes conforme a la ley.
La medida busca garantizar que quienes realizan labores de limpieza, cocina, lavado, planchado, cuidado de personas y otras actividades domésticas tengan acceso a servicios médicos y demás prestaciones de seguridad social.
¿De cuánto es la multa por no registrar a una trabajadora del hogar?
La Ley del Seguro Social contempla sanciones para los empleadores que incumplan con esta obligación. Las multas pueden ir de 20 a 350 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), por lo que en 2026 el monto puede alcanzar más de 41 mil pesos, dependiendo de las circunstancias de cada caso y de la resolución de la autoridad correspondiente.

