Una jueza federal dio luz verde al trámite de concurso mercantil de TV Azteca, que solicitó el empresario Ricardo Salinas Pliego el pasado 10 de marzo, informó el diario Reforma.
De acuerdo con el periódico, la jueza Nataly Hernández ordenó la designación de un visitador, quien tendrá la misión de revisar la situación financiera de la televisora y confirme si se declara en concurso… o no.
Si la respuesta es positiva y se declara la empresa en concurso mercantil, arranca el proceso de conciliación con acreedores, el cual tendrá una duración máxima de un año, y en caso de no haber un acuerdo, la televisora del Ajusco será declarada en quiebra.
El visitador deberá ser propuesto por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), por ser Tv Azteca una concesionaria de radiodifusión.
La CTR también se encargará de supervisar las labores del visitador, con el fin de garantizar la continuidad del servicio público concesionado.
Empresa de Salinas Pliego iniciará trámite de concurso mercantil… pero con reglas
Al admitir a trámite la solicitud de concurso mercantil, la jueza estableció una serie de reglas, que benefician, pero también limitan al empresario.
Una de las medidas de ley impide a acreedores ejecutar actos sobre bienes de Tv Azteca y otra evita que la empresa de Salinas Pliego tenga la oportunidad de vender sus activos o hacer pagos de sus obligaciones fiscales vencidas.
La orden de la jueza tendrá efecto inmediato sobre el proceso judicial con acreedores, que acudieron ante una Corte de Nueva York en 2022 para que Tv Azteca salde una deuda de más de 600 millones de dólares, la cual dejó de pagar desde 2021.
La jueza rechazó las medidas cautelares solicitadas por la empresa para blindar otras de sus razones sociales y filiales, de las cuales muchas están obligadas a pagar la deuda de Nueva York.
“Las providencias precautorias únicamente están dirigidas a proteger los bienes y derechos de la empresa sujeta al proceso", aclaró la jueza Hernández, según el medio referido.
Entre las razones sociales y filiales con la obligación de saldar la deuda están las siguientes:
