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    Corte da revés a Elektra, de Ricardo Salinas Pliego: deberá pagar multa de 67 millones

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    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló este jueves la sentencia de un tribunal colegiado que había concedido un amparo a Grupo Elektra para evitar el pago de una multa impuesta por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Con esta decisión, la empresa deberá cubrir 67 millones 165 mil 827 pesos.

    En la resolución del expediente ADR 3842/2024, seis ministros del pleno respaldaron el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres, quien explicó que el tribunal colegiado deberá emitir una nueva sentencia y reconocer que el SAT sí tenía facultades para revisar a Nueva Elektra del Milenio, la filial involucrada en el caso. En palabras de Batres, esto implica que la sanción fiscal “deberá pagarse”.

    La multa impuesta por el SAT se originó en 2018, tras detectar que la empresa reportó de manera indebida una pérdida fiscal en 2012, derivada de la venta de acciones entre compañías del mismo grupo, con la aparente intención de obtener un beneficio fiscal.

    Nueva Elektra impugnó la resolución mediante un juicio de nulidad, pero el Tribunal Federal de Justicia Administrativa validó el crédito fiscal. La empresa respondió con un amparo directo, que fue concedido por un tribunal colegiado, argumentando que la fiscalización debió dirigirse a Grupo Elektra y no a su empresa subordinada.

    Ante ello, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) presentó un recurso de revisión ante la Corte, que finalmente atrajo el caso.

    Durante el proceso, la empresa buscó que la ministra Lenia Batres se apartara del asunto, alegando falta de imparcialidad por supuesta enemistad con uno de los accionistas del grupo. No obstante, los ministros rechazaron este impedimento y determinaron que la juzgadora podía continuar con el análisis.

    En la discusión, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar, respaldó el proyecto y criticó que el tribunal colegiado interpretara que las empresas subordinadas, al formar parte de un régimen de consolidación fiscal, quedaban exentas de supervisión. Señaló que esta postura pretendía sostenerse en un criterio judicial que no aplicaba al caso.

    Con esta resolución, la SCJN reencamina el proceso y deja firme la facultad del SAT para fiscalizar a Nueva Elektra del Milenio, lo que coloca nuevamente sobre la mesa el pago de la multa millonaria.

    «Lo que debemos decir es que esta excepción no tiene base constitucional, el antepenúltimo párrafo del artículo 16, claramente establece que hay facultad para fiscalizar y señala, este párrafo, sujetándose en estos casos a las leyes respectivas y aquí la ley aplicable sería el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación y, este artículo, tampoco establece alguna excepción para alguna sociedad y si esto lo enlazamos con el artículo 5° del propio Código Fiscal, las normas que establecen excepciones son de aplicación estricta”, escribió.

    Cabe señalar que un segundo asunto de Grupo Salinas, el ADR 2526/2025, quedó pendiente a discusión en el Pleno, por petición del ministro presidente Hugo Aguilar.

    Tras la resolución, Grupo Salinas respondió en sus redes sociales, acusando que la justicia en México ha dejado de proteger a los ciudadanos para subordinarse al poder político.

    “Hoy, por segunda vez en menos de una semana, los ministros de la espuria @SCJN resolvieron en contra nuestra, violando principios fundamentales y contradiciendo incluso sus propios criterios, con tal de cumplir con el mandato del @GobiernoMX. Que quede claro: nosotros seguiremos defendiendo nuestras causas, convencidos de que la razón ética y jurídica nos asiste. No nos van a silenciar y, aunque les incomode, aquí vamos a seguir por muchos años más”, declaró el corporativo encabezado por Ricardo Salinas Pliego.

    Grupo Salinas afirmó nuevamente que las resoluciones de la Corte no son definitivas y que acudirán a instancias internacionales para defenderse.

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